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21 / Mar 15

Código de Ética

Como profesionales, muchas veces damos por sentado el cumplimiento de las reglas del Código de Ética sin preocuparnos por asignarle la debida prioridad, la cual, sin embargo, es primaria.

Todo profesional de la contabilidad, en su actuación, está obligado a observar las normas de ética. La particularidad de la profesión de contabilidad es la de actuar en el interés del público y no exclusivamente en la satisfacción de las necesidades de los clientes u organizaciones que nos emplean. La Federación Internacional de Contadores (IFAC) creo el Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores (con siglas en inglés IESBA-International Ethics Standards Board for Accountants) cuyo objeto es buscar la calidad y consistencia mundial en la prestación de los servicios de los contadores profesionales mediante el desarrollo y emisión de normas de ética internacionales y su convergencia con los requerimientos de los reguladores.

El IESBA ha emitido el Código Internacional de Ética para Profesionales de la Contabilidad (incluidas las Normas Internacionales de Independencia) el cual contiene reglas claras y robustas y, a través de un manual, un proceso sencillo de análisis y uso. Es importante advertir que el cumplimiento con este Código, de ninguna manera significa que el contador profesional queda relevado de observar los requerimientos del Código de Ética y/o las resoluciones o acuerdos sobre la ética (y también sobre la independencia) requeridos por las leyes y regulaciones locales.

El Código de Ética del IESBA expone cinco (5) principios fundamentales de ética que debemos cumplir:

  1. Integridad (actuar correctamente y con honestidad),
  2. Objetividad (estar libres de relaciones que influyan en nuestro juicio profesional),
  3. Competencia profesional y debido cuidado (ser técnicamente conocedores y capaces, estar actualizados y, ejecutar nuestras tareas diligentemente, de forma técnica y con apego a las normas),
  4. Confidencialidad (mantener la información obtenida de forma confidencial, excepto en las circunstancias requeridas por las leyes),
  5. Comportamiento profesional (cumplir con las leyes y regulaciones y evitar conductas que desacrediten a la profesión).

La estructura del manual del referido Código está planteada con las siguientes clasificaciones: Parte I – Cumplimiento del Código, de los Principios Fundamentales y del Marco Conceptual; Parte 2 - Profesionales de la contabilidad en la empresa y, la Parte 3 – Profesionales de contabilidad en el ejercicio de la práctica pública. Para esta última clasificación, el Código, en su Parte 4 A -Independencia en encargos de auditoría y de revisión, y en la Parte 4 B - Independencia en encargos de aseguramientos distintos de los encargos de auditoría y de revisión; contiene normas internacionales de independencia de obligatorio cumplimiento.

Como quiera que existe una amplia variedad de sucesos y circunstancias, intereses y relaciones, además de diferentes clases de actividades profesionales que crean amenazas al cumplimento de los principios fundamentales y también a la independencia, el Código de Ética del IESBA provee un Marco Conceptual que el contador profesional debe utilizar para identificar cuáles son las amenazas que impedirían el cumplimiento de los principios fundamentales, en su labor de actuar en el interés público. El enfoque del Marco Conceptual requiere que el contador profesional:

  • identifique las amenazas al cumplimento de los principios fundamentales,
  • evalúe las amenazas identificadas y,
  • enfrente esas amenazas, eliminándolas (de ser posible) o reduciéndolas a un nivel aceptable.

No identificar y enfrentar una amenaza podría traer consecuencias graves como, por ejemplo: la necesidad de renunciar al encargo; informar los incumplimientos a la Gerencia o a los integrantes del Gobierno Corporativo; retirar los informes emitidos; denunciar hechos ocurridos o sospechas de incumplimientos de leyes a las autoridades competentes y, en algunos casos, ser amonestado, multado o excluido por las autoridades supervisoras. El cumplimiento del Código de Ética reviste, por lo tanto, mayor o igual importancia que el cumplimiento de los otros estándares profesionales.

Los insto a obtener y revisar el Código Internacional de Ética para Profesionales de la Contabilidad (incluidas las Normas Internacionales de Independencia) del IESBA y su correspondiente Manual y, también, el Código de Ética para el CPA, más los acuerdos y resoluciones tanto de las Superintendencias de Bancos, de Seguros, del Mercado de Valores y otras que sean aplicables en Panamá, con el fin de que cumplamos a cabalidad con las normas de conducta que se espera de nosotros los contadores profesionales.

Héctor Castillo

Ex-Presidente del Colegio de Contadores Públicos de Panamá, 2013 - 2014.

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El Colegio de Contadores Públicos Autorizados de Panamá es la principal asociación del Contador en Panamá, dedicados a mantener el liderazgo de la profesión, asociando a todos los Contadores Públicos Autorizados de la República, apoyándolos, actualizándolos y promoviendo la ética y excelencia profesional del Contador a través de la educación continua y la participación en la gestión privada y pública del País.

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